A la hora de comprar una vivienda hay que tener en cuenta una serie de costes e impuestos. IBI es uno de ellos. Al precio de compra se deben sumar los impuestos y tasas asociados tanto a la gestión de la compra como al mantenimiento de la misma.
Uno de los impuestos más importantes una vez que se posee una propiedad es el Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI). Este es un impuesto que los propietarios deben pagar anualmente. Se trata de un impuesto local, que tiene un impacto directo en los municipios. ¿Y estamos obligados a pagar esa cantidad? ¿Cómo se calcula el IBI? ¿Qué pasa si no pago o pago tarde? ¿Por qué varía la cuota del IBI cada año? En esta ocasión te resolveremos todas estas dudas frecuentes.
¿Qué es el IBI?
El Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) es un impuesto local que deben pagar los propietarios, usufructuarios, concesionarios o titulares de un derecho de superficie de cualquier bien inmueble (piso, plaza de aparcamiento, trastero, tienda, casa, despacho, etc.).
¿Quién paga el IBI si se vende una vivienda?
La persona que es propietaria el día 1 de enero tiene que pagar la totalidad del impuesto, aunque posteriormente se venda la casa o el inmueble. Es decir, si vendes la vivienda en enero, tendrás que pagar la anualidad igualmente, el IBI no prorratea. El nuevo propietario tiene que pagar el impuesto a partir del año siguiente a la fecha de adquisición.
¿Por qué varía la cuota del IBI cada año?
Esta cuota depende principalmente del valor catastral y del tipo impositivo. La razón por la que varía es por las variaciones del valor catastral, que se debe a la evolución de los valores de mercado de las viviendas.
¿Por qué hay que pagar el IBI?
El IBI es un impuesto esencial, que sirve para sostener el funcionamiento de los municipios. De este modo, todas las personas que tienen un inmueble en propiedad, contribuyen a financiar los gastos asociados a la gestión municipal y a la prestación de servicios a toda la comunidad. Así pues, se trata de un impuesto vital para mantener la infraestructura urbana, la seguridad, la educación y cualquier otro servicio que pueda beneficiar a las ciudades en su conjunto.
¿Qué pasa si no se paga este impuesto?
No cumplir con la obligación de pagar el IBI puede tener consecuencias diversas. Como todos los impuestos, se trata de un gravamen obligatorio y, por tanto, no abonándolo estamos incumpliendo la legislación vigente. Si la deuda no se paga a tiempo, el ayuntamiento enviará una providencia de apremio con un recargo del 10 %. Si no se paga el impuesto, el recargo se incrementará en un 20 % más los intereses de demora. Si aun así no se realiza el pago, el Ayuntamiento cumplirá con la Ley Tributaria y podrá ir en contra de los bienes del propietario.
¿Y si nos retrasamos en el pago?
Si nos retrasamos en el pago del IBI, las consecuencias también serán económicas. En caso de no haberlo hecho a tiempo, el ayuntamiento aplicará un 5 % de recargo en el tributo. Para subsanar el retraso, tienes que acudir al ayuntamiento y abonar la deuda dentro de lo que se denomina «período ejecutivo».
¿Cómo se calcula el IBI?
Partiendo del valor catastral de la vivienda, al que hay que aplicar el tipo de gravamen, fijado por cada ayuntamiento, siendo:
- El valor catastral del inmueble, que suma el valor del suelo y el valor de la construcción (base imponible)
- El tipo impositivo de cada ayuntamiento, dentro de unos márgenes fijados por la Ley de Haciendas Locales.